domingo, 13 de enero de 2013

MEDIDAS TRIBUTARIAS LEY 16/2012 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Los cambios introducidos por la Ley 16/2012 en lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades han sido:

  1. Para los períodos que se inicien el los años 2013 y 2014, las Entidades cuya cifra de negocios del ejercicio anterior sea superior a 10 millones de euros, la amortización fiscal máxima del inmovilizado será el 70% de la que hubiere resultado fiscalmente deducible según tablas fiscales. El 30% no deducible podrá deducirse de forma lineal durante el plazo de 10 años o durante la vida útil del elemento, a partir del período impositivo que se inicie dentro del año 2015.
  2. Se prorroga los tipos impositivos reducidos para los períodos 2009-2013 las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones y plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados: tributarán al 20% los primeros 300.000 € y el resto al 25%, siempre que se cree o mantenga empleo, respecto al período 2008.
  3. Los gastos por indemnización por extinción de relación laboral que excedan del importe de 1.000.000€ no serán deducibles
  4. Se flexibiliza el régimen fiscal especial de arrendamiento de viviendas, reduciéndose el número de viviendas requerido (ahora 8) y el período de tiempo en que deben mantenerse las mismas en arrendamiento (ahora 3 años) y se suprimen los requisitos de tamaño de las viviendas.

DEPARTAMENTO FISCAL: Inmaculada Sastre y Carpena

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