Novedades IRPF 2018 en la COMUNIDAD VALENCIANA
En la DEDUCCIÓN POR ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA HABITUAL y DEDUCCIÓN POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA EN DISTINTO
MUNICIPIO
A partir de
1-1-2018, los REQUISITOS para aplicar estas deducciones son:
-
Por parte
del arrendador, que esté depositada la fianza a favor de Consellería.
-
Por parte
del arrendatario, que se haya liquidado ITP y AJD
CUANTÍA DE
LAS DEDUCCIONES:
- Con carácter general, 550 euros
- Cuando el arrendatario tiene una
edad igual o inferior a 35 años, 700 euros. Este mismo límite resulta aplicable
en el caso de que el arrendatario sea discapacitado físico o sensorial, con un
grado de minusvalía igual o superior al 65%, o psíquico, con un grado de
minusvalía igual o superior al 33%.
- Cuando el arrendatario tiene una
edad igual o inferior de 35 años y, además, es discapacitado físico o
sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, o psíquico, con
un grado de minusvalía igual o superior al 33%, 850 euros (hasta el 31-12-2017,
765 euros).
LIMITES:
A efectos de
la práctica de las deducciones anteriores, la suma de la base liquidable
general y de la base liquidable del ahorro no puede ser superior a 30.000
euros en tributación individual, o a 50.000 euros en tributación conjunta:
LIMITES PARA LA APLICACIÓN DE OTRAS DEDUCCIONES
FAMILIARES:
A efectos de
la práctica de las deducciones que se señalan a continuación, la suma de la base
liquidable general y de la base liquidable del ahorro no puede ser
superior a 25.000 euros en tributación individual, o a 40.000 euros en
tributación conjunta:
-
por
nacimiento o adopción
-
por
acogimiento familiar, simple o permanente, administrativo o judicial
-
por
nacimiento o adopción múltiples
-
por
nacimiento o adopción de un hijo discapacitado
-
por familia
numerosa o monoparental, cuando el contribuyente pertenezca a una familia numerosa o monoparental de categoría
general
-
por gastos
en guarderías
-
por
conciliación del trabajo con la vida familiar
-
para
contribuyentes discapacitados
-
por
ascendientes
-
por
cantidades destinadas a la adquisición de material escolar; y
-
por obras de
conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la
vivienda habitual
Cuando se
trate de la aplicación de la deducción por familia numerosa o monoparenteal de
categoría especial: La suma de la base liquidable general y de la base
liquidable del ahorro no puede ser superior a 30.000 euros en tributación
individual, o a 50.000 euros en tributación conjunta.
A efectos de
la práctica de la deducción por la realización de labores de hogar no
remuneradas, la suma de las bases liquidables de la unidad familiar no puede
ser superior a 25.000 euros
Amparo Castellanos