jueves, 25 de mayo de 2017

Doctrina TS. No es obligatorio registro de la jornada horaria.

No hay obligación de llevar un registro de la jornada ordinaria. El TS fija jurisprudencia.
Tras su primera sentencia sobre el asunto el Alto Tribunal dicta una segunda creando jurisprudencia y despejando cualquier duda. Llevar un registro sobre la jornada efectiva de todos los trabajadores no es obligatorio.
Jurisprudencia
STS de 20 de Abril de 2017 (R. 116/2016)
Las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados. Sólo se debe llevar registro de horas extras realizadas. Sigue doctrina, STS 23/03/2017
DEPARTAMENTO LABORAL - Carmina Boix Aloy

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