martes, 31 de julio de 2012

Tipos de IVA para SERVICIOS VETERINARIOS


Efectos del Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio en los

 Servicios Veterinarios


Los tipos impositivos de IVA a aplicar a partir del 1 de Septiembre dan un duro golpe a los servicios veterinarios.


Tributarán al 10% los Servicios Veterinarios prestados a Titulares de Explotaciones Ganaderas.


El tipo impositivo de IVA a aplicar al resto de Servicios Veterinarios será el 21%. Así pues, las clínicas Veterinarias, a partir del 1 de septiembre facturarán aplicando el 21% de IVA.


La repercusión que produce este cambio de tipo impositivo en el usuario supone un incremento del 12% en el precio final.


Si la clínica o el Veterinario decidiesen absorber este coste, supondría un descenso de márgenes brutos de un 10,74%.


Existe una resolución del Ministerio de Sanidad de 1993, que considera la Actividad Veterinaria incluida dentro del ámbito sanitario, por lo que seguramente,  los colegios profesionales recurrirán este incremento de tipos impositivos de IVA, intentando mantener el tipo reducido para los servicios clínicos.

 
DEPARTAMENTO FISCAL. Amparo Castellanos Ferrandis 

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