
COMUNIDAD VALENCIANA
Durante 2011 y 2012, a la cuota del Impuesto sobre
el Patrimonio resultante de la aplicación de las deducciones y bonificaciones
reguladas por la normativa del Estado, cuando ésta resulte positiva, se aplicará una bonificación del 100%.
(BOE 27/1/2012)
DEPARTAMENTO FISCAL.- Inmaculada Sastre y Carpena
DEPARTAMENTO FISCAL.- Inmaculada Sastre y Carpena
Buenas tardes, tengo residencia fiscal en Valencia y me saldría a pagar el Imp. Patrimonio ¿Tendría que presentar el impuesto y no pagar nada (bonificación 100%) o directamente no tengo que presentarlo?
ResponderEliminarGracias
Para el ejercicio 2011, si la cuota tributaria una vez aplicadas las deducciones y bonificaciones que procedieren no resulta a ingresar, solo deberá presentarse la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, si el valor de los bienes y derechos no exentos (casilla 23) resulta superior a 2.000.000€
EliminarOk, muchas gracias por la información.
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