Con el objeto de promover la actividad
económica, la iniciativa empresarial y la creación de empleo a través de los
emprendedores y de las micro, pequeñas y medianas empresas de la Comunidad
Valenciana, y con la finalidad de fomentar el emprendimiento se ha promulgado
la Ley 2/2012, de 14 de Junio de la Comunidad Valenciana.
Serán destinatarios de
esta ley:
- Emprendedores: las
personas físicas o jurídicas que se encuentran realizando trámites previos
para poder desarrollar una actividad económica, o que lleven constituidas
o dadas de alta en Seguridad Social menos de 24 meses y que no sean
continuación o ampliación de una actividad anterior
- Joven emprendedor: los
emprendedores menores de 35 años
- PYME (Pequeña Y Mediana Empresa): las
que tienen menos de 250 trabajadores, volumen de negocio anual no superior
a 50 millones de euros o balance general anual no superior a 43 millones
de euros y que no participen en un 25% o más de su capital social o
derechos de votos en otras que no cumplan estos requisitos.
-
Pequeña empresa: menos de
50 trabajadores y volumen de negocio anual o balance general anual no superior
a 10 millones de euros
-
Microempresa: menos de
10 trabajadores y volumen de negocio anual o balance general anual no superior
a 2 millones de euros
-
Joven empresa innovadora: pequeña
empresa con antigüedad inferior a 6 años y con un plan de negocio de desarrollo
de productos o procesos tecnológicamente novedosos o sustancialmente mejorados
respectos a lo de su sector, y con un gasto de investigación igual o superior
al 15% de los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios
anteriores.
Se simplifican los
trámites administrativos de apertura de establecimientos comerciales y de
establecimientos públicos de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y
Establecimientos Públicos, sustituyendo las licencias municipales por una
declaración responsable del emprendedor.
Durante los años 2012 y
2013 estarán exentos del pago de determinadas tarifas los sujetos pasivos que
inicien sus actividades en dicho período para el primer ejercicio de actividad
y se podrá aplicar una bonificación del 50% de la cuota el segundo año de
actividad.
Las empresas que tengan
créditos reconocidos con la Generalitat podrán solicitar la compensación de
deudas por actos administrativos de origen tributario o no tributario.
Se facilitará la
financiación de los emprendedores mediante el acceso al crédito en fondos de
capital riesgo, Sociedades de Garantía Recíproca o préstamos participativos.
Se crea el Consejo
Valenciano del emprendedor para coordinación y consulta de las políticas de
apoyo a los emprendedores y la Plataforma del emprendedor para agrupar en Red
la información que pudiere ser de utilidad a los emprendedores, microempresas y
pymes.
La consellería competente
en materia de educación impulsará en las etapas educativas, la introducción de
la cultura del emprendimiento como generadora de riqueza para la sociedad, la
responsabilidad social empresarial, y la cultura del esfuerzo y del trabajo en
equipo.
DEPARTAMENTO FISCAL: Inmaculada Sastre y Carpena
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