El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, ha
introducido modificaciones en la Ley General Tributaria en materia de
aplazamientos y fraccionamientos, con entrada en vigor el 1/1/2017.
No podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamientos entre
otras, las declaraciones relacionadas con retenciones o ingresos a cuenta, los
pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, ni las derivadas de tributos
repercutidos, entre ellos el Impuesto sobre Valor Añadido.
DEPARTAMENTO FISCAL: Inmaculada Sastre y Carpena
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